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La neutralidad del Impuesto General a las Ventas en el desarrollo de proyectos bajo la modalidad de Obras por Impuestos
Illustro Año 2019 Vol. 10 ISSN: 2311-4126
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Palabras clave

Impuesto General a las Ventas
neutralidad
Obras por Impuestos
crédito fiscal

Resumen

Este artículo analiza la forma en la cual la neutralidad, entendida como el elemento que permite que la carga impositiva constituida por el Impuesto General a las Ventas(IGV) es trasladada al consumidor final mediante la figura del crédito fiscal y aplicada en el desarrollo de proyectos bajo la modalidad de Obras por Impuestos (OXI). Ello considerando que, en los informes 031-2010-SUNAT/2B0000 y 049-2010-SUNAT/2B0000, la Administración Tributaria establece procedente la aplicación del crédito fiscal por las adquisiciones gravadas con IGV que realiza la empresa ejecutora de este tipo de proyectos. Se ha efectuado una investigación del tipo jurídico-propositivo que analiza al crédito fiscal, así como los pronunciamientos emitidos por la Administración Tributaria, la jurisprudencia del Tribunal Fiscal y los comentarios de la doctrina especializada, los mismos que nos permitieron determinar si estamos o no ante un supuesto en el cual procede la utilización del crédito fiscal por la empresa a cargo del proyecto; concluyendo, en nuestro análisis, que no resulta técnicamente correcto aceptar la configuración del crédito fiscal por las adquisiciones que realiza una empresa para efecto del desarrollo de un proyecto mediante el mecanismo de OXI.

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