La educación al servicio del interés superior del menor
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Palabras clave

Interés superior del menor
Patria potestad
Derechos humanos
Derecho a la educación

Cómo citar

La educación al servicio del interés superior del menor. (2023). Educationis Momentum, 8(1), 7-29. https://doi.org/10.36901/em.v8i1.1465

Resumen

La noción del interés superior del niño o del menor sintetiza, en la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989, la adecuada satisfacción de los derechos fundamentales de las personas menores de edad, no emancipadas, en su debida conjunción con los derechos de todos, que es el objetivo específico de este acuerdo internacional que forma parte del Derecho internacional universal en el que ha de integrarse hermenéuticamente. Es de destacar el papel preeminente que se reconoce al respecto a la familia y, en particular, a los padres. El derecho a la educación en libertad es uno de los derechos fundamentales a que se vincula el interés superior del menor. La Convención le dedica específicamente dos de sus artículos, y contiene otros de los que se desprenden consecuencias para él, pero no introduce exigencias que no estén ya establecidas expresa o implícitamente en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966, con cuyo significativo art. 13.3 debe complementarse, además, especialmente, lo dispuesto en la Convención. Esta no permite reducir indebidamente los derechos prioritarios de los padres en la educación de sus hijos, cuya efectividad es además garantía sustancial de una sociedad libre.

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Derechos de autor 2022 José Luis Martínez López-Muñiz

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