Resumen
La noción del interés superior del niño o del menor sintetiza, en la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989, la adecuada satisfacción de los derechos fundamentales de las personas menores de edad, no emancipadas, en su debida conjunción con los derechos de todos, que es el objetivo específico de este acuerdo internacional que forma parte del Derecho internacional universal en el que ha de integrarse hermenéuticamente. Es de destacar el papel preeminente que se reconoce al respecto a la familia y, en particular, a los padres. El derecho a la educación en libertad es uno de los derechos fundamentales a que se vincula el interés superior del menor. La Convención le dedica específicamente dos de sus artículos, y contiene otros de los que se desprenden consecuencias para él, pero no introduce exigencias que no estén ya establecidas expresa o implícitamente en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966, con cuyo significativo art. 13.3 debe complementarse, además, especialmente, lo dispuesto en la Convención. Esta no permite reducir indebidamente los derechos prioritarios de los padres en la educación de sus hijos, cuya efectividad es además garantía sustancial de una sociedad libre.
Citas
Aguilar Cavallo, Gonzalo. «El principio del interés superior del niño y la Corte Interamericana de Derechos Humanos». Estudios Constitucionales (Chile), año 6, n.º 1 (2008): 223-247.
Asencio Sánchez, Miguel Ángel. Interés del menor y derecho a la educación. Valencia: Tirant lo Blanch, 2017.
Borrajo Iniesta, Ignacio. «El derecho a la educación en libertad: esquema de interpretación». En La democracia constitucional (Estudios en homenaje al Profesor Rubio Llorente), 661-662. Madrid: Congreso de los Diputados, Tribunal Constitucional, Universidad Complutense de Madrid, Fundación Ortega y Gasset y Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 2002.
Carmona Luque, María del Rosario. «Discapacidad y derecho a la educación: el interés superior del niño como justificación de la educación inclusiva». En El interés superior del niño en la jurisprudencia internacional, comparada y española, editado por Sanz Caballero y Molina Navarro. Cizur Menor: Aranzadi (Thomson-Reuters), 2017.
Chacón Martínez, Ana. El interés superior del menor: Historia de un reconocimiento jurídico en los derechos humanos para la infancia (siglos XVIII-XXI). Murcia: Editum, 2019.
Dávila, Pauli, y Luis. M. Naya, compiladores. Derecho de la infancia y educación inclusiva en América Latina. Buenos Aires, México, Santiago, Montevideo: Granica, 2011.
De Aquino, Santo Tomás. Suma de Teología. 1268-1272. Madrid: BAC, 1994.
De los Mozos Touya, Isabel. Educación en libertad y concierto escolar. Madrid: Montecorvo, 1995.
Emilie, Gertrude. «Cicero and the Roman Pietas». The Classical Journal, vol.
, n.º 9 (junio, 1944): 536-542.
Guilarte Martín-Calero, Cristina. La concreción del interés del menor en la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Valencia: Tirant lo Blanch, 2014.
Martínez López-Muñiz, J. L. «La familia en la Constitución española». Revista Española de Derecho Constitucional, 58 (2000): 11-43.
———. «Una crítica a la STC 198/2012 sobre el matrimonio en la Constitución Española». En Acoso a la familia (Del individualismo a la ideología de género), editado por Tomás Prieto Álvarez, 45-90. Granada: Comares, 2016.
———. «Para evitar la degradación del Estado de Derecho». Revista Española de Derecho Administrativo, 198 (2019): 9-44.
Pizarro Moreno, Eugenio. El interés superior del menor: claves jurisprudenciales. Prólogo de Francisco Rivero Hernández. Madrid: Reus, 2020.
Rivero Hernández, Francisco. El interés del menor. 2.ª ed. Madrid: Dykinson, 2007.
Sanz Caballero, Susana, y M. del Mar Molina Navarro, dirs. El interés superior del niño en la jurisprudencia internacional, comparada y española.
Cizur Menor: Aranzadi (Thomson-Reuters), 2017.

Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0.
Derechos de autor 2022 José Luis Martínez López-Muñiz